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RESOLUCION 30-4-2003
DIRECCIÓN GENERAL TRABAJO.
BOE 23 mayo 2003, núm. 123/2003
ARROZ.
Dispone la inscripción en el registro y publicación de la revisión salarial del
Convenio Colectivo Estatal de la Industria del Arroz (código de
Convenio número 9900335).
Visto el texto de la Revisión Salarial del Convenio Colectivo Estatal de la Industria del Arroz (publicado en el BOE de 17-8-2000) (Código Convenio núm. 9900335) que fue suscrito con fecha 10 de abril de 2003 de una parte por las asociaciones empresariales PYMEV-UNIADE y ANFA en representación de las empresas del sector y de otra por las centrales sindicales CC OO y UGT en representación del colectivo laboral afectado y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:
Primero.- Ordenar la inscripción de la citada Revisión Salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Acta Revisión Convenio Colectivo Estatal de la industria del Arroz
Asistentes:
PYMEV-UNIADE:
... (siguen los nombres).
ANFA:
... (Herba).
CC OO:
... (siguen los nombres)
UGT:
...
En Valencia en los locales de PYMEV siendo las 11.30 horas del 10 de abril de 2003, tiene lugar la reunión de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la Industria de Elaboradores del Arroz, con la asistencia de las personas al margen relacionadas, para proceder a efectuar la revisión económica para 2002 y la confección de las tablas salariales para 2003 de acuerdo con lo establecido en el artículo 32 del Convenio vigente.
1. En tal sentido se procede a aplicar un 4,50% (4 + 0,50) sobre las tablas de 2001, dando como resultado las tablas de 2002 definitivas que se adjuntan y cuya vigencia será del 1 de enero de 2002 al 31 de diciembre de 2002 y sobre estas tablas resultantes se aplicará el incremento salarial para el año 2003, que es de un 2,50% (IPC previsto más 0,50 puntos).
2. Designar a ..., con DNI número ..., para que realice las gestiones de registro y depósito del presente Convenio.
3. Se adjuntan Tablas Salariales definitivas correspondientes a 2002 y Tablas Salariales provisionales correspondientes a 2003 para su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Y no habiendo más asuntos a tratar, se levanta la sesión siendo las 14.00 horas, firmando en prueba de conformidad un representante de cada Organización.
Tabla salarial 2002 (definitiva)
Valor euro: 166,386 ptas.
| Categorías | Salario Euros |
|---|---|
| PERSONAL TÉCNICO | |
| Salario Mensual | |
| Jefe de Sección | 753,16 |
| Oficial 1ª | 709,78 |
| Oficial 2ª | 687,47 |
| Telefonista | 687,47 |
| Auxiliar Administrativo | 654,02 |
| Botones | 450,55 |
| PERSONAL DE PRODUCCIÓN | |
| Salario Diario | |
| Molero y Oficial 1ª | 23,67 |
| Encargado | 22,92 |
| Conductor y Maquinista | 22,32 |
| Ayudante de Molero | 22,07 |
| Oficial Especialista | 21,80 |
| Oficial Esp. Carretillero | 22,07 |
| Peón Especialista | 21,63 |
| Peón | 19,64 |
| PERSONAL SUBALTERNO | |
| Salario Mensual | |
| Portero | 641,26 |
| Vigilante | 641,26 |
| Vigilante Jurado | 654,02 |
| Ordenanza y Pers. Limp. | 612,66 |
| PERSONAL DE OFICIOS VARIOS | |
| Salario diario | |
| Oficial 1ª | 23,67 |
| Oficial 2ª | 22,07 |
| Oficial 3ª | 21,80 |
Plus Convenio: 4,43 euros por día trabajado.
Plus Transporte: 1,82 euros por día trabajado.
Dietas:
Completa: 6,08 euros.
Media: 3,04 euros.
Plus cuarto turno: 49,13 euros/semanales.
Jubilación voluntaria:
60 años: 2.975,89 euros.
61 años: 2.678,30 euros.
62 años: 2.380,72 euros.
63 años: 2.083,12 euros.
64 años: 1.785,59 euros.
TABLA SALARIAL 2003 (PROVISIONAL)
Valor euro: 166,386 ptas.
| Categorías | Salario Euros |
|---|---|
| PERSONAL TÉCNICO | |
| Jefe de Sección | 771,99 |
| Oficial 1ª | 727,53 |
| Oficial 2ª | 704,66 |
| Telefonista | 704,66 |
| Auxiliar Administrativo | 670,37 |
| Botones | 461,82 |
| PERSONAL DE PRODUCCIÓN | |
| Molero y Oficial 1ª | 24,26 |
| Encargado | 23,49 |
| Conductor y Maquinista | 22,88 |
| Ayudante de Molero | 22,62 |
| Oficial Especialista | 22,34 |
| Oficial Esp. Carretillero | 22,62 |
| Peón Especialista | 22,17 |
| Peón | 20,13 |
| PERSONAL SUBALTERNO | |
| Portero | 657,30 |
| Vigilante | 657,30 |
| Vigilante Jurado | 670,37 |
| Ordenanza y Pers. Limp. | 627,98 |
| PERSONAL DE OFICIOS VARIOS | |
| Oficial 1ª | 24,26 |
| Oficial 2ª | 22,62 |
| Oficial 3ª | 22,34 |
Plus Convenio: 4,54 euros por día trabajado.
Plus Transporte: 1,86 euros por día trabajado.
Dietas:
Completa: 6,23 euros.
Media: 3,12 euros.
Plus cuarto turno: 55,14 euros/semanales.
Jubilación voluntaria:
60 años: 3.050,29 euros.
61 años: 2.745,26 euros.
62 años: 2.440,24 euros.
63 años: 2.135,20 euros.
64 años: 1.830,23 euros.