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RESOLUCION 13-3-2002
DIRECCIÓN GENERAL TRABAJO.
BOE 3 abril 2002, núm. 80/2002
ENTIDADES FINANCIERAS.
Corrige errores de la Resolución 9-1-2002, de Convenio Colectivo Marco para las de
Crédito (código Convenio número 9901945).
Advertidos errores en el texto de Convenio Colectivo Marco para los Establecimientos Financieros de Crédito, registrado y publicado por Resolución de la Dirección General de Trabajo de 9 de enero de 2002, en el Boletín Oficial del Estado número 24, de 28 de enero de 2002,
Esta Dirección General resuelve proceder a la rectificación de los citados errores.
En el artículo 4.2.a) donde dice: «salvo lo dispuesto en el último párrafo del artículo 7» debe decir: «salvo lo dispuesto en el penúltimo párrafo del artículo 7».
En el artículo 16.7, cuarta línea. Donde dice: «11 del presente Convenio Colectivo ...», debe decir: «12 del presente Convenio Colectivo ...».
En la quinta línea. Donde dice: «de las tablas del artículo 12 del presente ...», debe decir: «de las tablas del artículo 13 del presente ...».
En el artículo 25.1, última línea. Donde dice: «artículo 11 del presente Convenio Colectivo.», debe decir: «artículo 12 del presente Convenio Colectivo».
En el artículo 26.1.a) última línea. Donde dice: «nivel profesional en el artículo 11 del presente Convenio Colectivo.», debe decir: «nivel profesional en el artículo 12 del presente Convenio Colectivo».