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RESOLUCIÓN 12-02-2004
DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO
BOE 10 03 2004, NÚM. 60
CONVENIO COLECTIVO ESTATAL PARA LAS INDUSTRIAS EXTRACTIVAS, INDUSTRIAS DEL VIDRIO, INDUSTRIAS CERAMICAS Y PARA LAS DEL COMERCIO EXCLUSIVISTA DE LOS MISMOS MATERIALES
Inscripción en el registro y publicación del acta donde se contiene la revisión salarial final para el año 2003 y las correspondientes tablas salariales del Convenio Colectivo estatal para las Industrias Extractivas, Industrias del Vidrio, Industrias Cerámicas y para las del Comercio Exclusivista de los mismos materiales.
TEXTO
Visto el texto del acta donde se contiene la revisión salarial final para el año 2003 y las correspondientes tablas salariales del Convenio Colectivo estatal para las Industrias Extractivas, Industrias del Vidrio, Industrias Cerámicas y para las del Comercio Exclusivista de los mismos materiales (publicado en el BOE de 29 de septiembre de 2002), (código de Convenio número 9902045), que han sido suscritas de una parte por la Confederación Empresarial Española del Vidrio y la Cerámica en representación de las empresas del Sector y de otra por las Organizaciones Sindicales MCA-UGT, FIA-UGT y FITEQA-CC.OO. en representación de los trabajadores del mismo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.-Ordenar la inscripción de la citada acta de revisión y tablas salariales en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión negociadora.
Segundo.-Disponer su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 12 de febrero de 2004.-La Directora general, Soledad Córdova Garrido.
COMISIÓN MIXTA DE INTERPRETACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO ESTATAL PARA EL SECTOR DE INDUSTRIAS EXTRACTIVAS, INDUSTRIAS DEL VIDRIO, INDUSTRIAS CERÁMICAS Y PARA LAS DEL COMERCIO EXCLUSIVISTA DE LOS MISMOS MATERIALES
Acta de revisión salarial final de 2003
Asisten:
Por la representación empresarial:
Don Carlos Martí.
Don Juan Antonio Bueno Aranda.
Don Antonio Jiménez Frauca.
Por la representación sindical:
MCA UGT:
Don Pedro Echániz Biota.
Don Francisco M. Borrego.
FIA UGT:
Doña Rosa Garrido Martos.
Don Antonio Martínez López.
Doña Juliana Miranda González.
CC.OO.:
Don Fernando Justo.
Don José Espinosa.
Don Manuel Fernández.
Doña Amparo Pérez Soriano.
Secretario: Don José Luis Alonso Zarandieta.
En Madrid siendo las diez treinta horas del día 23 de enero de 2004, previa convocatoria al efecto se reúnen en la sede de la Confederación Empresarial Española del Vidrio y la Cerámica, sita en calle Gran Vía, 80, de Madrid, los representantes empresariales, sindicales y el secretario que figuran referenciados, para deliberar y tomar acuerdos sobre el siguiente orden del día:
ORDEN DEL DÍA
1. Revisión de las tablas salariales y otros
conceptos para 2003.
2. Atrasos y diferencias por revisión salarial.
1. Revisión de las tablas salariales de 2003:
1.1 Confección de las tablas salariales finales correspondientes al
año 2003 teniendo en cuenta el IPC real (2,6 por 100) más el 0,70 pactado.
Constatado que el IPC para el año 2003 asciende al 2,6 por 100 y a la
vista de los artículos 7 y 8 del Convenio Colectivo Estatal.
Se acuerda que las tablas salariales para el año 2003 sean las de 2002
incrementadas en un 3,3 por 100.
a) Tablas Salariales Revisadas: Se unen como anexo formando parte de la presente, las siguientes:
1. Tablas Salariales Generales (anexo II).
2. Tablas Salariales para la Provincia de Madrid (anexo III).
3. Tablas salariales para el Subsector de Vidrio al Soplete (anexo IV).
4. Tablas Salariales para la Fabricación de Frascos y envases de
Vidrio por Procedimiento Automático, Provincia de Barcelona (anexo V).
5. Tablas Salariales para la Fabricación y Enriquecimiento de Vidrio
Hueco de Barcelona (Servicio de Mesa) (anexo VI).
6. Tablas Salariales para el Sector de Industrias Extractivas y
Explotación y Manufacturas de Tierras Industriales (anexo VII).
7. Tablas Salariales para el Comercio y Manufacturas del Vidrio Plano
de Valencia (anexo VIII).
8. Tablas Salariales para el Sector de Baldosín Cerámico de la
Provincia de Valencia (anexo IX).
9. Tablas Salariales para el Comercio y Manufacturas del Vidrio Plano
de Barcelona (anexo X).
10. Tablas Salariales para la Cerámica de Valencia (anexo XI).
11. Tabla de referencia a aplicar a las empresas que se incorporen al
Convenio a partir del 1 de enero de 1999, en tanto ejerciten la opción establecida en el
artículo 73 del presente Convenio (anexo XII).
12. Tablas Salariales para el Vidrio de Zaragoza (anexo XIII).
b) Otros conceptos:
Salario mínimo garantizado: 9.373,03 euros.
Media dieta: 5,46 euros.
Dieta completa: 35,03 euros.
Póliza de seguro para accidentes de trabajo: 15.940,22 euros.
Complemento por turnicidad: 2,58 euros.
2. Atrasos y diferencias por revisión salarial:
Las diferencias por revisión salarial del año 2003
se abonarán con efectos retroactivos al 1 de enero de 2003, en una sola paga y durante
los dos meses siguientes a la publicación oficial del IPC (15 de enero de 2004).
Se acuerda que el Acta sea firmada por cuatro miembros de la
representación empresarial, dos por FITEQA CC.OO. y dos por FIA-UGT y uno por MCA-UGT.
ANEXO II
Tablas salariales finales año 2003
INCREMENTO IPC REAL (2,6) + 0,7 PUNTOS
Generales
Grupo profesional |
Nivel salarial |
Categoría profesiona |
Dia - Euros |
7 6
5
4 3 2 1 |
II III IV V VI VII VIII IX X XI XII |
Personal Titulado Superior Personal Titulado Medio
|
26,25 24,66 23,88 23,15 22,43 21,72 20,98 20,04 19,30 18,89 18,74 |
Pluses:
Asistencia: Por día efectivamente trabajado 3,12
Transporte: Por día efectivamente trabajado 2,39
ANEXO III
Tablas salariales finales año 2003
INCREMENTO IPC REAL (2,6) + 0,7 PUNTOS
Provincia de Madrid
Grupo profesional |
Nivel salarial |
Categoría profesiona |
Dia - Euros |
7 6
5
4 3 2 1 |
II III IV V VI VII VIII IX X XI XII |
Personal Titulado Superior Personal Titulado Medio
|
26,25 24,66 24.12 23,61 23.11 22.63 22.43 21.75 21.34 22.77 20.26 |
Pluses:
Asistencia: Por día efectivamente trabajado 2,57
Transporte: Por día efectivamente trabajado 2,37
Dietas:
Comida y pernocta 17,22
ANEXO IV
Tablas salariales finales año 2003
INCREMENTO IPC REAL (2,6) + 0,7 PUNTOS
Subsector del Vidrio al soplete
Grupo profesional |
Nivel salarial |
Categoría profesiona |
Dia - Euros |
7 6
5
4 3 2 1 |
II III IV V VI VII VIII IX X XI XII |
Personal Titulado Superior Personal Titulado Medio
|
50,70 47,15 44,42 38,43 32,49 31,54 26,38 23,48 22,06 20,78 20,26 |
Pluses:
Asistencia: Por día efectivamente trabajado 2,44
Transporte: Por día efectivamente trabajado 2,25
ANEXO V
Tablas salariales finales año 2003
INCREMENTO IPC REAL (2,6) + 0,7 PUNTOS
Fabricación de frascos y envases de vidrio por procedimiento automático provincia de Barcelona
Categoría profesional |
Básico |
PAC |
Semana |
Jefe de fabricación Encargado de sección Contramaestre Delineante superior Delineante de 1ª Delineante de 2ª Auxiliares de 1ª Auxiliares de 2ª
Jefe de 1ª Jefe de 2ª Oficial de 1ª Oficial de 2ª Auxiliares Aspirantes
Jefe de ventas Viajante o Agente Oficial de ventas
Listeros Cobradores Capataces de peones Almacenero Vigilante y Portero Sanitario y Ordenanza Personal de remuneración diaria
Arqueta Conductor maquina 1s ks. Potg Mecánica Mak 1s ks. De primera Mecánica Mak 1s ks. De segunda Maquinista de primera Maquinista de segunda Fundidor de primera Sacador de primera Oficial primera de servicios auxiliares Sacador de segunda Soplador de primera Vigilante Arca y Arca Corr. Ayudante (todos) Soplador de segunda Peones especializados Oficial segunda de servicios oficiales Peones y servicio limpieza |
458,49 638,95 618,16 659,35 638,73 638,73 575,65 555,04 701,86 658,91 638,73 597,55 586,24 575,65 659,35 638,73 575,65 417,97 575,65 555,61 555,07 575,68 555,04
18,25 19,94 19,94 19,94 19,94 19,94 19,94 19,94 19,94 19,16 18,48 18,48 18,48 18,48 17,77 19,16 17,14 |
555,61 283,35 163,37 271,74 227,78 145,70 97,14 39,99 366,86 271,35 211,80 161,44 56,33 56,33 273,31 100,03 78,74 98,63 86,46 105,19 103,62 21,08 21,08
2,33 4,16 4,16 4,05 4,16 4,05 4,05 3,61 3,61 3,77 1,31 1,31 1,31 1,31 1,80 3,02 1,50 |
34,35 34,35 34,35 34,35 34,35 34,35 34,35 34,35 34,35 34,35 34,35 34,35 32,80 32,80 34,35 34,35 32,80 31,21 32,80 31,21 31,21 32,80 31,21
33,06 34,35 34,35 34,35 34,35 34,35 34,35 34,35 34,35 28,74 32,80 32,80 32,80 32,80 31,21 31,23 31,23 |
Además, todo el personal percibirá, por día trabajado, las siguientes cantidades:
Plus estímulo empresarial 1,74
Plus estímulo empresarial: Peones y Peones especializados 2,81
Transporte:
Personal domiciliado dentro de un radio de 1 km 0,44
Personal domiciliado dentro de un radio entre 1 y 3 km 0,65
Personal domiciliado a más de tres kilómetros 0,91
Prendas de trabajo ( por sustitución de su entrega) 0,42
Con motivo de la festividad de San Miguel Arcángel, Patrono de la Industria Vidriera. Las empresas abonarán a sus productores, sea cual sea el sistema de remuneración, una gratificación equivalente a cinco días de salario básico, más el plus de actividad correcta incrementada, en su caso, con el premio de antigüedad, si correspondiera.
ANEXO VI
Tablas salariales finales año 2003
INCREMENTO IPC REAL (2,6) + 0,7 PUNTOS
Fabricación y enriquecimiento de vidrio hueco de Barcelona (servicio de mesa)
Categoría profesional |
Básico |
PAC |
Semana |
Jefe de fabricación Encargado de sección Contramaestre
Jefe de 1ª Jefe de 2ª Oficial de 1ª Oficial de 2ª Auxiliares Aspirantes de1ª Aspirantes de 2ª
Jefe de ventas Viajante o Agente Oficial de ventas
Almacenero Capataces de peones Listeros Sanitario y Ordenanza Cobradores Guardias y Vigilantes Portero Personal de remuneración diaria (profesionales de oficio)
Maestro abridor Soplador de primera Soplador de segunda Levantador Porteros y Patroneros
Abridor Soplador Levantador de asas
Maestro Levantador
Soplador Patronero
Soplador Patronero
Soplador Patronero
Maestro Soplador Levantador de pies y piernas
Soplador toda clase Soplador pequeños finos
Maestro colador pies y pierna Soplador Levantador de pies y piernas
Abridor Soplador
Abridor Soplador
Abridor Prensador Levantador
Abridor Prensador Levantador
Prensador Levantador
Colocador de pies Soplador Levantador
Colocador de pies Soplador Levantador
Taponero
Taponero
Oficial de primera máquina Oficial de primera sacador Oficiales de primera soplador Oficial de segunda máquina Oficial de segunda sacador Oficial de segunda soplador
Cortadores a gas (bohemia/F) Cortadores a gas corriente Fletadores (B y F) Fletadores finos al torno Fletadores corrientes Chafanadores (B y F) Chafanadores (sonoro) Requemadores a mano o máq. Chaflanadores corrientes Despuntilladores Pulidores Taponadores finos Taponadores semifino Taponadores ordinario
Tallador de primera Tallador de segunda Tallador de tercera Pulidor
Decorador de primera Decorador de segunda Decorador de tercera Mufleros Serigrafiados
Grabador a la rueda de primera Grabador a la rueda de segunda Grabador a la rueda de tercera Grabador al transporte Panteng y Gillog
Fundidor de primera Fundidor de segunda Arqueta
Oficial de primera Oficial de segunda Crisolista de primera Crisolista de segunda Peones especializados Peones Servicio de limpieza |
758,49 638,73 617,19 701,86 637,29 638,71 597,53 586,04 575,65 390,23 659,35 638,73 575,68 555,04 555,04 555,04 555,04 575,68 555,04 555,04
20,84 19,94 19,94 19,52 19,16 19,94 19,94 18,48 19,94 19,16 19,94 18,48 19,94 18,48 19,94 18,48 19,94 19,94 18,48 19,94 19,94 19,94 19,94 17,10 19,94 19,94 19,94 19,94 19,94 19,94 19,16 19,94 19,94 19,16 19,94 19,16 19,94 19,94 18,48 19,94 19,94 18,48 19,94 18,48 19,94 19,94 18,48 19,94 19,16 18,48 18,48 18,48 19,16 19,16 19,16 19,16 19,16 18,48 18,48 18,48 18,48 19,94 18,48 18,48
19,94 19,94 18,48 18,48 19,94 19,94 19,16 19,16 19,16 19,94 18,48 18,48 19,16 19,16 19,94 18,48 18,48 19,94 19,94 19,94 19,16 17,77 17,14 17,14 |
541,15 283,35 194,50 370,30 262,72 178,59 182,02 44,16 33,45 134,35 257,00 127,94 86,42 102,79 102,79 90,35 31,09 121,71 33,76 33,76
11,40 8,81 5,32 3,10 3,75 8,81 3,82 1,39 8,81 3,10 8,81 5,36 7,78 5,00 5,32 3,79 8,81 5,36 1,39 30,07 2,73 7,48 4,78 1,39 7,78 5,36 6,16 4,08 9,00 6,16 3,10 7,54 5,32 3,10 4,08 2,78 6,29 5,32 1,39 0,53 4,58 1,39 6,08 1,39 4,65 3,28 1,39 3,59 3,10 1,76 2,56 2,45 3,10 3,10 3,10 3,10 3,10 2,45 2,45 2,45 2,45 3,59 4,87 3,75
6,30 4,08 5,72 2,78 6,30 4,10 2,78 2,29 2,29 6,30 4,58 3,66 2,29 2,29 3,59 3,66 2,53 3,28 1,39 2,29 1,44 1,62 1,51 1,51 |
34,35 34,35 34,48 34,35 34,35 34,35 34,35 32,80 32,80 23,39 34,35 34,35 32,80 31,21 31,21 31,21 31,95 32,80 31,21 31,21
34,35 34,35 34,35 32,80 32,80 34,35 34,35 32,80 34,35 32,80 34,35 32,80 34,35 32,80 34,35 32,80 34,35 34,35 32,80 34,35 34,35 34,35 34,35 32,80 34,35 34,35 34,35 34,35 34,35 34,35 32,80 34,35 34,35 32,80 34,35 32,80 34,35 34,35 32,80 34,35 34,35 32,80 34,35 32,80 34,35 34,35 32,80 34,35 32,80 32,80 32,80 32,80 32,80 32,80 32,80 32,80 32,80 32,80 32,80 32,80 32,80 34,35 32,80 32,80
34,35 34,35 32,80 32,80 34,35 34,35 32,80 32,80 32,80 34,35 32,80 32,80 32,80 32,80 32,80 32,80 32,80 34,35 34,35 34,35 32,80 31,86 31,86 31,86 |
Además, todo el personal percibirá, por día trabajado, las siguientes cantidades:
Plus estímulo empresarial 1,74
Transporte:
Personal domiciliado dentro de un radio de 1 km 0,43
Personal domiciliado dentro de un radio entre 1 y 3 km 0,65
Personal domiciliado a más de tres kilómetros 0,91
Prendas de trabajo (por sustitución de su entrega) 0,42
Con motivo de la festividad de San Miguel Arcángel, Patrono de la Industria Vidriera, las empresas abonarán a sus productores, sea cual sea el sistema de remuneración, una gratificación equivalente a cinco días de salario básico, más el PAC, incrementada, en su caso, con el premio de antigüedad, si correspondiera,
ANEXO VII
Tablas salariales finales año 2003
INCREMENTO IPC REAL (2,6) + 0,7 PUNTOS
Sector de industrias extractivas y explotación y manufacturas de minerales industriales
Quedan comprendidas dentro del ámbito del Convenio Colectivo Estatal, a título orientativo, las siguientes Industrias:
En general: Las minas y canteras no metálicas ni energéticas,
Más en concreto: las explotaciones, molienda, trituración, pulverización, lavado y clasificado, que se utilizan con la extracción o no de: Andalucita, Arcilla, Arena, Arenisca, Atapulguita, Barita, Bauxita, Bentonita, Caliza, Caolín, Ocres, Carbonato, Cuarcita, Cuarzo, Dolomía, Esquisto, Feldespato, Magnesita, Sepiolita, Neofelinica, Sienica, Solimanita, Talco, Tierra de Trípoli, y todos aquellos que se utilizan, predominantemente, en la fabricación de vidrio y cerámica,
Grupo profesional |
Nivel salarial |
Categoría profesiona |
Dia - Euros |
7
6 5 4 6 5 4 5 3
4 1 3 2
4 3 2 1 |
II
V VI IX III V VI IX VII X
VIII XII X XI
VIII IX X XI XII |
Grupo A) Técnicos 1. Titulados
|
26,44 24,11 24,83 20,25 24,82 23,33 22,59 22,25 21,91
19,45
21,10 18,89
20,09 19,32
29,97 20,25 20,09 19,45
18,89 18,74 |
Pluses:
Plus de transporte por día debidamente trabajado
2,39
Plus de asistencia por día debidamente trabajado 3,12
ANEXO VIII
Tablas salariales finales año 2003
INCREMENTO IPC REAL (2,6) + 0,7 PUNTOS
Comercio y manufacturas de vidrio plano de Valencia
Operarios
Grupo profesional |
Nivel |
Categoría Profesional |
Salario Día - Euros |
Plus Transporte - Euros |
Plus Asistencia - Euros |
4 3 2 1 |
VIII IX X XI XII |
Oficial de primera Oficial de segunda Ayudante Vigilante Peón especialista Peón ordinario |
20,98 20,11 19,78 19,39 19,03 |
2,39 2,39 2,39 2,39 2,39 |
3,12 3,12 3,12 3,12 3,12 |
Administrativos
Grupo profesional |
Nivel |
Categoría Profesional |
Salario Día - Euros |
Plus Transporte - Euros |
Plus Asistencia - Euros |
6 5 4 |
III V VI VI VIII IX |
Jefe de primera Jefe de segunda Encargado de taller Oficial de primera Oficial de segunda Auxiliar Cobrador Subalterno |
940,38 826,33 753,64 753,69 654,07 614,25 |
51,44 51,44 51,44 51,44 51,44 51,44 |
62,81 62,81 62,81 62,81 62,81 62,81 |
Dieta:
Media dieta 6,30
Comida y pernocta 19,01
ANEXO IX
Tablas salariales finales año 2003
INCREMENTO IPC REAL (2,6) +0,7 PUNTOS
Baldosín cerámico de la provincia de Valencia
Grupo profesional |
Nivel |
Categoría Profesional |
Salario Día - Euros |
Plus Transporte - Euros |
Plus Asistencia - Euros |
5 4 3 2 1 |
VII VIII IX X XI XI XII XIII |
Capataz Oficial 1ª Oficial 2ª Especialista de 1ª Especialista de 2ª Especialista de 3ª Peón Pinche rno |
22,97 22,61 21,92 21,72 21,46 21,41 21,30 20,18 |
- 27,19 26,25 26,04 25,78 25,69 25,50 23,94 |
- 31,72 30,62 30,38 30,12 29,98 29,81 28,22 |
Pluses:
Asistencia: Por día efectivamente trabajado: 3,14 euros,
ANEXO X
Tablas salariales finales año 2003
INCREMENTO IPC REAL (2,6) +0,7 PUNTOS
Manufactura y comercio vidrio plano de Barcelona
Grupo profesional |
Nivel |
Categoría profesiona |
Salario día |
7
6
5
4
3
2 1 |
II II II III III IV IV V VI VI VI VI VII VIII VIII VIII VIII IX IX IX IX X X X X X X X X
XI XII XII XII |
Ingenieros Licenciados Perito Ayudante técnico Jefe de 1ª administrativo Jefe de fábrica Delineante proyectista Jefe de 2ª administrativo Encargado de taller Delineante Oficial de 1ª administrativo Vendedor Oficial de 2ª administrativo Contramaestre Calcador Oficial de 1ª Capataz de Peones Oficial de 2ª Portero Ordenanza Auxiliar administrativo Cobrador Listero Almacenero Guarda jurado Guarda ordinario y Vigilante Basculero y Pesador Sanitario no titulado Auxiliar laboratorio. Administrativo mayor de dieciocho años Oficial de 3ª y Ayudante Personal de limpieza Peón Botones |
37,06 34,89 26,16 24,38 30,55 34,85 26,00 26,06 26,06 24,11 25,03 25,03 23,27 24,90 23,10 23,73 20,00 20,07 18,41 18,41 18,77 20,84 20,35 20,56 19,30 18,41 18,41 18,41 18,41 19,35 18,41 18,41 18,41 |
Pluses:
Asistencia: Por día efectivamente trabajado: 3,12 euros,
Transporte: Por día efectivamente trabajado: 2,38 euros,
Paga de San Antonio: 46,78 euros,
Dietas:
Media dieta: 9,21 euros,
ANEXO XI
Tablas salariales finales año 2003
INCREMENTO IPC REAL (2,6) + 0,7 PUNTOS
Cerámica de la provincia de Valencia
Grupo Profesional |
Nivel Salarial |
Categoría profesiona |
Salario día - Euros |
7 6
5
4 3 2 1 |
II III IV V VI VII VIII IX X XI XII |
Personal Titulado Superior Personal Titulado Medio Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1ª Jefe Administración 2ª, Jefe de Sección Oficial Administrativo 1ª, Técnico de Organización 1ª, Jefe Taller, Encargado Técnico de Organización 2ª, Contramaestre, Especialista Oficio Oficial Administrativo 2ª, Oficial 1ª operario Auxiliar Administrativo, Oficial 2ª operario Especialista de 1ª, Oficial 3ª operario Especialista de 2ª, Peón especializado Peón, Personal de limpieza |
35,05 28,55 27,47 25,28 23,61 23,23 22,45 22,09 21,77 21,48 21,15 |
Aprendiz de tercer año 17,97
Aprendiz de segundo año 16,92
Pluses:
De transporte 1,76
Distancia 0,07
Plus de asistencia 0,37
Anexo
Redactado conforme a las especificaciones del acuerdo de 22 de septiembre de 1995, publicado en el "Boletín Oficial de la Provincia de Valencia" número 251, de fecha 21 de octubre de 1996, y que sigue vigente en sus puntos primero, segundo y tercero y todos sus apartados de dicho acuerdo,
ANEXO XII
Tablas salariales finales año 2003
INCREMENTO IPC REAL (2,6) + 0,7 PUNTOS
Tabla de referencia
A aplicar en las empresas que se incorporen al Convenio a partir de 1 de enero de 1999, en tanto ejerciten la opción establecida en el artículo 73 del presente Convenio,
Grupo |
Nivel |
Salario día - Euros |
Salario anual - Euros |
7 |
II |
26,25 |
13.351,78 |
6 |
III,IV y V |
23,87 |
12.268,88 |
5 |
VI y VII |
22,08 |
11.454,43 |
4 |
VIII y IX |
20,52 |
10.744,63 |
3 |
X |
19,30 |
10.189,53 |
2 |
XI |
18,89 |
10.002,98 |
1 |
XII |
18,74 |
9.934,73 |
Plus de asistencia: Por día efectivo de trabajo. Plus de transporte: Por día efectivo de trabajo. |
3,12 2,39 |
||
Los valores anuales se entienden referidos para supuestos de:
Salario día a razón de 455 días (365 días/año +
30 paga extra de verano + 30 paga extra de Navidad + 30 paga extra de marzo),
Plus de asistencia a razón de 282 días (221 días trabajo efectivo +
21 paga extra de verano + 20 paga extra de Navidad + 20 paga de vacaciones),
Plus de transporte a razón de 221 días (221 días de trabajo
efectivo/año),
ANEXO XIII
Tablas salariales finales año 2003
INCREMENTO IPC REAL (2,6) +0,7 PUNTOS
Vidrio de Zaragoza
Grupo profesional Nivel salarial Categoría Euro/día Euros
Grupo Profesional |
Nivel Salarial |
Categoría profesiona |
Euro/día |
Euros |
7 6
5
4
3 2 1 |
II III IV V VI VII VIII IX X XI XII XIII |
Personal Titulado Superior Personal Titulado Medio, Jefe administrativo 1ª Jefe de Personal, Encargado General Jefe Administración 2ª, Delineante superior, Jefe de Sección, Jefe de organización 2ª Oficial Administrativo, Delineante, Técnico de Organización 1ª, Jefe Taller, Encargado Delineante, Técnico de Organización 2ª, Analista 1ª, Capataz Oficial Administrativo 2ª, Corredor, Oficial 1ª oficio, Analista 2ª Auxiliar Administrativo, Auxiliar organización, Oficial 2ª de oficio Auxiliar laboratorio, Vigilante, Almacenero, Enfermero, Cobrador, Ayudante Especialista de 2ª, Peón especializado Peón, Personal de limpieza Aspirante administrativo, Aspirante técnico, Pinches y Aprendices de diecisiete años |
44,69 39,68 38,26 33,15 31,72 29,36 28,67 27,62 24,78 24,14 23,44 16,33 |
20.335,17 18.054,26 17.410,84 15.084,90 14.435,05 13.354.10 13.038,83 12.569,14 11.275,88 10.986,33 10.661,40 7.429,19 |
Premio de vinculación * (por año de
servicio): 15,00 euros,
Premio de vinculación (tope máximo): 284,89 euros,
Pluses:
Transporte: Por día efectivamente trabajado: 2,39 euros,
______________
Se hará efectivo el día laborable anterior a la festividad de Nuestra Señora del Pilar, No se abonará este premio a los trabajadores que tengan más de tres faltas de asistencia injustificadas en los doce meses anteriores a la fecha en que corresponde abonar este premio.
Respecto al plus de asistencia, ayuda escolar y fiesta del Pilar, se estará a lo pactado en el Acuerdo de Adhesión, publicado en el "Boletín Oficial del Estado" número 191, del viernes 10 de agosto de 2001.