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RESOLUCION 9-4-2002
DIRECCIÓN GENERAL TRABAJO.
BOE 1 mayo 2002, núm. 104/200
    ENSEÑANZA PRIVADA.
Acuerdo relativo al IV Convenio Colectivo de Empresas sostenidas total o parcialmente con fondos públicos (código Convenio número 9908725).

Visto el texto del Acuerdo que trae causa en la disposición adicional sexta del IV Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos (código de Convenio número 9908725), y en el Acta de 25 de enero de 2002 de su Comisión Negociadora (Boletín Oficial del Estado de 8 de marzo), el cual fue suscrito en fecha 17 de diciembre de 2001, de una parte, por las asociaciones empresariales ANEG y CECE, en representación de las empresas del sector, y de otra, por las organizaciones sindicales FSIE-SEPNA, UGT, USO y CC OO, en representación de los trabajadores del mismo, todos ellos en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo.

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.- Ordenar la inscripción del citado Acuerdo de financiación en Convenio Colectivo en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

En Pamplona, a 17 de diciembre de 2001, reunidas en la sede de ANEG, las organizaciones empresariales ANEG y CECE y las organizaciones sindicales FSIE-SEPNA, UGT, USO y CC OO, organizaciones más representativas en el sector de la enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos, previa convocatoria de las organizaciones sindicales, al objeto de fijar complementos salariales en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, manifiestan lo siguiente:

1º Que la disposición adicional sexta del IV Convenio de Empresas de Enseñanza Privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos prevé la posibilidad de que las organizaciones patronales y sindicales por mayoría de su respectiva representatividad acuerden la incorporación a dicho Convenio de complementos salariales para el personal afectado por el mismo.

Que en consonancia con lo anterior, acuerdan lo siguiente:

1.- El personal afectado por el IV Convenio percibirá este año, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre, un complemento salarial, denominado «Complemento Retributivo de la Comunidad Foral de Navarra», por la cuantía que se recoge en el anexo, en 14 pagas mensuales (esto es, en cada pago mensual así como en las gratificaciones extraordinarias). Dicho complemento será abonado a aquellos trabajadores contratados a jornada completa y proporcionalmente a los contratados a jornada parcial.

2.- El pago del mencionado complemento al personal en pago delegado estará condicionado a que su abono sea efectuado por el Departamento de Educación y Cultura de la Comunidad Foral de Navarra. Las empresas, por tanto, no abonarán directamente cantidad alguna por este concepto y, en consecuencia, no estarán obligadas a ello.

El pago del complemento al personal no incluido en pago delegado se realizará directamente por parte de los centros.

3.- Este Acuerdo será enviado a la Comisión Paritaria del IV Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos para que proceda a depositarlo ante el organismo competente, facultándose a don ... para que proceda a dicho envío.

ANEXO

TABLAS SALARIALES

Año 2001

Cod. Categoría profesional SB Conv.

Pesetas
Compl. Foral

Pesetas
Mes Navarra

Pesetas
Trienio Conv.

Pesetas
Compl. Foral

Pesetas
Trienio Navarra

Pesetas

PERSONAL DOCENTE





1.1.1 Prof. E. Infantil 1er ciclo integrado 212.141 0 212.141 5.076 0 5.076
1.1.1 Prof. E. Infantil 2º ciclo concertado 212.141 30.429 242.570 5.076 594 5.670
1.1.2 Técnico Superior 1er ciclo integrado 161.974 0 161.974 4.394 0 4.394
1.2.1 Prof. E. Primaria 212.141 30.429 242.570 5.076 594 5.670
1.3.A.1 Prof. ESO C. 1º 212.141 30.429 242.570 5.076 594 5.670
1.3.B.1 Prof. ESO C. 2º 249.121 30.577 279.695 6.398 716 7.114
1.4.1 Prof. Bachiller 249.121 30.577 279.695 6.398 716 7.114
1.5.1 Profesor FPII, FPE GM, FPE GS, PGS 249.121 30.577 279.695 6.398 445 6.843
1.5.2 Agregado FPII, FPE GM, FPE GS, PGS 225.457 23.092 248.549 6.398 0 6.398

Complemento Bachillerado LOGSE 11.295 2.172 13.467

Complemento 1er ciclo ESO 5.561

PERSONAL NO DOCENTE






Administración





2.2.1 Jefe Admón. o Secretaria 161.803 22.385 184.188 5.053 355 5.408
2.2.2 Jefe Negociado 136.267 18.846 155.113 4.316 304 4.620
2.2.3 Oficial Contable 130.003 17.991 147.994 4.269 299 4.568
2.2.4 Recepcionista, Telefonista 113.787 15.769 129.556 4.269 299 4.568
2.2.5 Auxiliar Administrativo 113.787 15.769 129.556 4.269 299 4.568
2.2.6 En formación 72.120 9.030 81.150

PERSONAL AUXILIAR





2.3.1 Cuidador 118.849 14.206 133.055 4.269 299 4.568

SERVICIOS GENERALES






Portería y Vigilancia





2.4.A.1 Conserje 136.240 16.289 152.529 4.269 299 4.568
2.4A.2 Portero 118.849 14.206 133.055 4.269 299 4.568
2.4.A.3 Guarda Sereno 113.787 12.385 126.172 4.269 299 4.568
2.4A.4 Personal no cualificado 113.787 12.385 126.172 4.269 299 4.568
2.4A.5 En formación 72.120 9030 81.150

Personal de limpieza





2.4B.1 Gobernante 136.240 16.289 152.529 4.269 299 4.568
2.4.B.2 Empleado Servicio Limpieza 113.787 12.385 126.172 4.269 299 4.568
2.4.B.3 Empl. Costura, Lavado, Plancha 113.787 12.385 126.172 4.269 299 4.568
2.4.B.4 Personal no cualificado 113.787 12.385 126.172 4.269 299 4.568
2.4.B.5 En formación 72.120 9.030 81.150

Personal Cocina y Comedor





2.4.C.1 Jefe de Cocina 130.003 15.540 145.543 4.269 299 4.568
2.4.C.2 Cocinero 123.916 14.813 138.729 4.269 299 4.568
2.4.C.3 Ayudante Cocina, Pinche 118.849 14.206 133.055 4.269 299 4.568
2.4.C.4 Empleado Servicio Comedor 113.787 12.385 126.172 4.269 299 4.568
2.4.C.5 Personal no cualificado 113.787 12.385 126.172 4.269 299 4.568
2.4.C.6 En formación 72.120 9.030 81.150

Pers mant. y Of. generales





2.4.D.1 Oficial primera de oficios 130.003 15.540 145.543 4.269 299 4.568
2.4.D.2 Oficial segunda de oficios 118.849 14.206 133.055 4.269 299 4.568
2.4.D.3 Mantenimiento, Jardín/otros 113.787 12.385 126.172 4.269 299 4.568
2.4.D.4 Personal no cualificado 113.787 12.385 126.172 4.269 299 4.568
2.4.D.5 En formación 72.120 9.030 81.150

Conductores





2.4.E.1 Conductor primera especial 130.003 15.540 145.543 4.269 299 4.568
2.4.E.2 Conductor segunda 118.849 14.206 133.055 4.269 299 4.568